
Esta reforma establecía por primera vez en España una relación fija entre el valor monetario del oro y de la plata, al tiempo que se adoptaba el escudo como unidad fundamental del nuevo sistema. Se acuñaron monedas de plata de uno y dos escudos, equivalentes a las piezas de diez y veinte reales anteriores, así como una parte divisoria del escudo representada por los cuarenta céntimos, moneda fraccionaria cuya equivalencia se estipuló con los cuatro reales anteriores. En oro únicamente se fabricaron tres piezas: de dos, cuatro y diez escudos, cuyo valor corrrespondía a las monedas de veinte, cuarenta y cien reales.
La Isabelina es una pieza con valor de diez escudos, una ley de 900 milésimas (24 quilates) y un peso de 8’3 gramos. En el mercado monetario internacional su valor equivalía al del soberano de la reina Victoria I de Inglaterra (1837-1901), a los veinte francos/oro del rey Leopoldo II de Bélgica (1865) y los cinco mil reis del rey Luis I de Portugal(186 1-1889).
1 comentario:
Hola me gustaría saber el valor de una isabelina de 1864 de oro.
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