viernes, junio 15, 2007

CLAUSURA DE RETENCIÓN

spaña, 1786 — Este año se promulgan diferentes disposiciones que tienen un mismo objetivo: la desaparición de la llamada cláusula de retención, mediante la aplicación de la cual podían llegar a ser indefinidas las penas de prisión y no llegarse a alcanzar la libertad, de no mediar el interés de alguien influyente.Por otra parte, en esta época se intentan algunas ligeras reformas en las condiciones de las cárceles, sobre todo tomando en consideración las medidas que empiezan a difundirse por Europa, con una buena visión tanto de los delitos como de los delincuentes, dentro de la labor de apostolado que realizan al respecto eminentes penalistas, entre los que sobresale Beccaria, con su conocida obra De los delitos y de las penas. En España, el penalista más destacado en esta línea fue Lardizábal con su Discurso sobre las penas contraído a las leyes criminales para facilitar su reforma, donde reflexiona sobre el modo de anular el tormento o las penas corporales y de sustituir presidios y arsenales por casas para una auténtica corrección.

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