Don Fernando VII, por la gracia de Dios, y por la Constitución de la Monarquía Española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad, la Regencia del Reino, nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, a todos los que la presente vieren y entendieren, saber: Que las Cortes han decretado lo que sigue:
"Las Cortes, teniendo consideración a los distinguidos servicios y recomendables circunstancias de la Villa de la Real Isla de León, y a que en ella se instalaron Las Cortes Generales y Extraordinarias, han venido en concederle el título de Ciudad, con el nombre de San Fernando. Lo que tendrá entendido la Regencia del Reino para su cumplimiento, y lo hará imprimir, publicar y circular".
Dado en San Fernando a 27 de Noviembre, de 1813.
"Las Cortes, teniendo consideración a los distinguidos servicios y recomendables circunstancias de la Villa de la Real Isla de León, y a que en ella se instalaron Las Cortes Generales y Extraordinarias, han venido en concederle el título de Ciudad, con el nombre de San Fernando. Lo que tendrá entendido la Regencia del Reino para su cumplimiento, y lo hará imprimir, publicar y circular".
Dado en San Fernando a 27 de Noviembre, de 1813.
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