domingo, abril 01, 2007

LAS LEYES NUEVAS DE INDIAS

arcelona, 28 de noviembre de 1542 — Carlos I dicta las llamadas Leyes Nuevas que, tras algunos añadidos en Valladolid al año siguiente, se imprimirán como Leyes y nuevas ordenanzas y declaración dellas para la gobernación de las Indias. Integradas por 47 disposiciones, estas Leyes Nuevas demuestran una clara inclinacion a eliminar el sistema de encomiendas, por lo que causan tal oposición que ha de retrasarse su publicación hasta ser expurgadas de las partes más conflictivas. Carlos I ordena la celebración de una junta de teólogos y de juristas, para que deliberen sobre la reglamentación que afecta a los indios. Entre las medidas que les inciden directamente, se encuentran las encomiendas impuestas por los conquistadores españoles, y contra las que fray Bartolomé de las Casas, conocido por el «apóstol de los indios», se opone con todas sus fuerzas.
Estas Leyes Nuevas de Indias pretenden la aplicación de una legislación real en América, pero acaban convirtiéndose, gracias a las posteriores ampliaciones, en un amasijo de disposiciones de diversa procedencia, que se recopila en 1680. Además, por la lejanía de las Indias, conquistadores y colonos suelen hacer poco caso de la autoridad peninsular.